Convenio de desocupación voluntaria: formato para acordar la salida
Cuando un arrendamiento se rompe, el propietario suele pensar en dos caminos: aguantar o demandar. Hay un tercero, más rápido y más barato que el segundo, y es el que la mayoría de los casos termina usando cuando alguien lo propone: acordar la salida por escrito.
Un convenio de desocupación voluntaria fija una fecha, deja las condiciones claras y cierra el tema sin tribunales. Abajo está la plantilla. Antes, cuándo conviene y qué no debe faltar.
Cuándo conviene
Cuando el inquilino ya sabe que no puede sostener la renta. Es el escenario más común y el más resoluble. La persona no está peleando, está atrasada, y una salida ordenada le conviene tanto como a ti.
Cuando quieres el inmueble de vuelta con fecha cierta. Un juicio no te da fecha; un convenio sí, y la fecha se puede negociar a cambio de algo (unas semanas más, la devolución del depósito, la condonación de una parte del adeudo).
Cuando el adeudo es recuperable en parte. Cobrar el 60% en dos semanas suele valer más que perseguir el 100% durante un año con el inmueble ocupado.
Cuando la relación no está rota del todo. Si todavía hay comunicación, es el momento. Después de la primera audiencia ya no la hay.
Qué debe incluir
Seis puntos. Si falta alguno, el convenio queda incompleto.
- Identificación de las partes y del inmueble. Nombres completos y la dirección exacta.
- El estado de cuenta reconocido. Qué meses se deben y cuánto suman, con el monto en número y letra.
- La fecha de entrega. Día y hora exactos, no un plazo vago.
- Las condiciones de la entrega. Inmueble desocupado de personas y bienes, llaves completas, servicios pagados y al corriente.
- Qué pasa con el adeudo y con el depósito. Si se condona, si se aplica contra el depósito, si se paga en parcialidades y con qué fechas.
- Qué pasa si no se cumple. Que el propietario queda en libertad de ejercer las acciones que la ley le concede, sin necesidad de nuevo requerimiento.
Plantilla de convenio de desocupación voluntaria
Esta plantilla es referencial. Revísala con un abogado antes de firmarla y ajústala a tu caso y a tu estado.
CONVENIO DE DESOCUPACIÓN VOLUNTARIA Y TERMINACIÓN DEL ARRENDAMIENTO
En [CIUDAD], a [FECHA], comparecen por una parte [NOMBRE COMPLETO DEL PROPIETARIO], en su calidad de ARRENDADOR, y por la otra [NOMBRE COMPLETO DEL INQUILINO], en su calidad de ARRENDATARIO, y en su caso [NOMBRE COMPLETO] como OBLIGADO SOLIDARIO, quienes manifiestan lo siguiente.
ANTECEDENTES
PRIMERO. Con fecha [FECHA DEL CONTRATO] las partes celebraron contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en [DIRECCIÓN COMPLETA], destinado a casa habitación, con una renta mensual de [MONTO] pesos.
SEGUNDO. El ARRENDATARIO reconoce que a la fecha de este convenio se encuentran pendientes de pago las mensualidades correspondientes a [MESES Y AÑO], que suman la cantidad de [MONTO CON NÚMERO] pesos ([MONTO CON LETRA] M.N.).
TERCERO. Es voluntad de las partes dar por terminada la relación arrendaticia de manera anticipada y ordenada, sin necesidad de acudir a instancias judiciales.
CLÁUSULAS
PRIMERA. Terminación. Las partes acuerdan dar por terminado el contrato de arrendamiento referido en el antecedente primero con efectos al [FECHA DE TERMINACIÓN].
SEGUNDA. Fecha de entrega. El ARRENDATARIO se obliga a entregar el inmueble al ARRENDADOR el día [FECHA] a las [HORA], desocupado de personas y bienes, con la totalidad de las llaves y accesorios que recibió, y en las condiciones en que lo recibió, salvo el deterioro por uso normal.
TERCERA. Servicios. El ARRENDATARIO se obliga a entregar al ARRENDADOR los comprobantes de pago de [AGUA, LUZ, GAS, INTERNET, CUOTA DE MANTENIMIENTO] al corriente hasta la fecha de entrega.
CUARTA. Adeudo. Respecto de la cantidad señalada en el antecedente segundo, las partes acuerdan [SELECCIONAR: que se pagará en la fecha de entrega / que se pagará en [NÚMERO] parcialidades con vencimientos los días [FECHAS] / que se aplicará contra el depósito en garantía / que el ARRENDADOR condona la cantidad de [MONTO] condicionado al cumplimiento puntual de la cláusula segunda].
QUINTA. Depósito en garantía. El depósito de [MONTO] pesos se [DEVOLVERÁ AL ARRENDATARIO DENTRO DE [NÚMERO] DÍAS POSTERIORES A LA ENTREGA / APLICARÁ AL ADEUDO RECONOCIDO], previa verificación del estado del inmueble.
SEXTA. Acta de entrega. En la fecha señalada las partes levantarán y firmarán el acta de entrega del inmueble, con el inventario correspondiente y las lecturas de los medidores de servicios.
SÉPTIMA. Incumplimiento. En caso de que el ARRENDATARIO no entregue el inmueble en la fecha convenida, el ARRENDADOR queda en libertad de ejercer las acciones que la ley le concede, sin necesidad de nuevo requerimiento, y quedarán sin efecto las concesiones pactadas en la cláusula cuarta.
OCTAVA. Finiquito. Cumplidas las obligaciones de este convenio, las partes se otorgan el más amplio finiquito y no se reservan acción alguna que ejercer entre sí por lo que respecta a la relación arrendaticia.
NOVENA. Avisos. Las partes acuerdan que los avisos enviados a [CORREO Y CELULAR DE CADA PARTE] surten plenos efectos entre ellas.
Leído el convenio y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo firman de conformidad en dos tantos.
ARRENDADOR [NOMBRE Y FIRMA] · ARRENDATARIO [NOMBRE Y FIRMA] · OBLIGADO SOLIDARIO [NOMBRE Y FIRMA] · TESTIGO [NOMBRE Y FIRMA] · TESTIGO [NOMBRE Y FIRMA]
Imprime dos tantos, firma cada página y entrega una copia al inquilino. Si el monto involucrado es alto, vale la pena ratificarlo ante notario.
El día de la entrega
El convenio no termina con la firma: termina con la entrega documentada. Levanta el acta con el inventario, toma las lecturas de los medidores, cuenta las llaves y deja constancia con fotos de cada espacio. El formato está en el acta de entrega del inmueble y la lista de revisión en el checklist de entrega.
Un punto que conviene tener claro: mientras el inquilino esté dentro, el propietario no puede recuperar el inmueble por su cuenta, ni con convenio firmado. Cambiar la chapa o sacar pertenencias expone al delito de despojo, tipificado en el artículo 237 del Código Penal de la Ciudad de México, que se sanciona incluso cuando el derecho a la posesión es dudoso o está en disputa.
Si el inquilino no firma
Entonces el camino es el requerimiento formal y, si no hay respuesta, la vía judicial. Está desarrollado en qué sigue cuando el inquilino no paga y hay contrato y, cuando no hay documento de por medio, en cómo proceder sin contrato escrito.
Cómo no volver a necesitar este documento
Un convenio de desocupación es la salida elegante de un problema que empezó mucho antes: en la firma.
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Esta guía es información general sobre la regulación del arrendamiento y no sustituye la asesoría de un abogado para un caso concreto.
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Proteger mi rentaPreguntas frecuentes
- ¿Qué es un convenio de desocupación voluntaria?
- Un acuerdo escrito entre propietario e inquilino donde se fija la fecha en que el inmueble se entregará y las condiciones de esa entrega, con lo que se evita el juicio.
- ¿Es lo mismo que una carta de desalojo?
- No. La carta de desalojo es una comunicación unilateral del propietario. El convenio lo firman las dos partes y por eso tiene más fuerza como acuerdo de voluntades.
- ¿Sirve como título para desalojar si el inquilino no cumple?
- Un convenio firmado es prueba del acuerdo y de la fecha comprometida, y eso facilita el procedimiento. Para que pueda ejecutarse por vía rápida suele requerir formalidades adicionales, así que conviene revisarlo con un abogado antes de firmarlo.
- ¿Conviene condonar adeudos para que el inquilino se vaya?
- Es una decisión de negocio. En muchos casos condonar una parte del adeudo cuesta menos que un juicio de meses con el inmueble ocupado. Lo importante es que lo que se acuerde quede por escrito.
